Preguntas que se han hecho FRECUENTEMENTE durante el transcurso de nuestras carreras combinadas.
¿Necesito un abogado?
Sí. ¿Eres un abogado? Somos, y nunca nos representaríamos a nosotros mismos.
¿Pero, si soy culpable?
La respuesta sigue siendo SÍ. En Hinzman y Flory hemos dedicado toda nuestra carrera a representar a los acusados, y la verdad es que muchos de los clientes en los miles de casos que hemos manejado han sido culpables. Nuestra observación ha sido que muchos de estos clientes ya habían aprendido la lección simplemente por haber sido arrestados. Reconocemos el poder del Estado para castigar más a quienes violan las leyes, pero sólo porque se puede no significar que debería. El punto es que ninguno de nosotros hemos trabajado nunca como fiscal porque no es en nuestra naturaleza. NUESTRO OBJETIVO EN CADA UNO DE NUESTROS CASOS CRIMINAL QUE MANEJAMOS ES UN DESPEDIDO DE TODOS LOS CARGOS. Ahora, obviamente, eso no es posible la mayoría del tiempo, pero, cuando no lo es, haremos todo lo que esté a nuestro alcance para limitar las consecuencias de los errores de nuestros clientes. La mayoría de las personas se dan cuenta de que hay ramificaciones para sus acciones y nuestro trabajo es limitarlas. Para aquellos que no entienden esto, dejamos que otros se sienten en juicio de ellos. SIN ABOGADO, USTED PAGARÁ UN PRECIO MUCHO MÁS ALTO POR SU ERROR.
El detective sigue llamándome. ¿ Debo devolver la llamada?
Siempre debe llamar a un abogado antes de hablar con la policía, no importa lo que el oficial investigador diga que intente convencerle de lo contrario, incluyendo amenazar con obtener una orden para su arresto a menos que vaya a hablar con él o ella. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA DEBE HABLAR CON UN INVESTIGANDO OFICIAL DE LA LEY INVESTIGANDOLO POR UNA OFENSA CRIMINAL SIN TENER UN ABOGADO PRESENTE.
Soy acusado de agresión causando lesiones corporales (violencia doméstica), pero mi esposa no quiere cargos contra mí. ¿Estoy fuera del gancho?
No. Aunque en ciertos casos el Fiscal de Distrito tomará en consideración los deseos de una víctima en un caso de violencia doméstica cuando considere una oferta de denuncia o despido, la víctima no controla cómo se procesa un caso. Muchas oficinas del Fiscal incluso tienen políticas de «NO DESPEDIR» en casos de violencia doméstica.
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Estoy acusado de asalto causando lesiones corporales (violencia doméstica), pero mi esposa no tuvo ninguna lesión visible. ¿Estoy fuera del gancho?
No. El Código Penal de Texas define «lesiones corporales» para incluir simplemente «dolor físico». Así, por ejemplo, si una supuesta víctima le acusa de simplemente darle bofetadas y dicen que le duele, entonces usted puede ser acusado y posiblemente condenado por esta infracción muy grave.
Mi ex-novia y mi compañero de cuarto empezaron a salir y ambos dicen que los asalté. Ahora me han acusado de violencia doméstica. Asalto tal vez, pero esto no es violencia doméstica?
Sí lo es. Bajo la ley de Texas, Asalto se convierte en un cargo de Violencia Doméstica cuando el acusado y la presunta víctima están relacionados por sangre, actualmente están casados o habían estado casados, están actualmente en una relación de citas (o eran anteriormente) o son miembros del mismo hogar. Por lo tanto, el asalto contra simplemente un compañero de cuarto actual puede ser acusado como violencia doméstica, como puede un asalto contra una ex pareja romántica.
¿Por qué no puedo obtener una copia de los informes de descubrimiento/evidencia/policía en mi caso criminal?
La ley actual de Texas no nos permite entregar el descubrimiento recibido en un caso penal a un cliente en la mayoría de las circunstancias.
¿Se puede sacar esto de mi registro?
Al representar a todos nuestros clientes criminales, nuestro objetivo es idealmente ponerlo en una posición al final de nuestra representación que le permitirá limpiar su expediente. Siempre discutiremos opciones, como una Expunción o Orden de No Revelar, que puede permitirle retirar un arresto de su registro.
¿Qué debo hacer para recuperar mi licencia de conducir?
Navegar los problemas de suspensión de licencia con el Departamento de Seguridad Pública generalmente es muy complicado. Llámenos para una consulta gratuita y le ayudaremos a averiguar qué necesita hacer.
¿Qué puedes hacer por mi?
Ningún abogado puede eticamente darle un resultado garantizado en un asunto penal o cualquier otra situación legal. Sin embargo, basados en nuestros años de experiencia y miles de casos criminales manejados en el Condado de Denton, podemos discutir con usted nuestra mejor conjetura sobre qué esperar del Fiscal de Distrito, así como nuestras posibilidades de victoria en un caso particular, si usted decide proseder una audiencia impugnada o un juicio.
¿Puede usted obtener que mi fianza sea reducida o reintegrada?
A veces. Cada caso es diferente y necesitaríamos reunirnos con usted primero para discutir esto.
¿Puedes ir a la corte por mí?
En los delitos menores, podemos aparecer para usted en algunos ajustes. Le notificaremos cuando podamos aparecer y cuando usted debe estar presente.
Mi ser querido está acusado de DWI o delito de drogas. ¿Cómo puedo obtener ayuda para su adicción?
Hemos trabajado con numerosos clientes a lo largo de los años con graves problemas con el alcohol y las drogas. Muchas veces, un familiar preocupado nos preguntará acerca de hacer que el tratamiento o la rehabilitación sea parte de una negociación de pena de castigo con el Fiscal de Distrito.
Sin embargo, nuestro trabajo como abogados de defensa criminal es hacer todo lo que podamos para que el caso de nuestro cliente sea retirado si es posible, no recomendar condiciones adicionales de libertad condicional, como el tratamiento de drogas o alcohol, aunque puede ayudarles a largo plazo. Dicho esto, si un cliente reconoce que tiene un problema con la adicción, buscar un tratamiento para el o ella no sólo puede ayudarles a superar sus problemas y ponerlos en el camino a la recuperación, sino que también puede ayudarnos a elaborar una resolución mucho mejor de sus cargos criminales con el Fiscal de Distrito.
En Hinzman y Flory, tenemos años de experiencia trabajando con clientes con problemas de adicción para ayudarles a encontrar las opciones de tratamiento apropiadas, y hemos desarrollado relaciones con diferentes instalaciones de rehabilitación en el área de Norte de Texas.
Es común que los adictos ofrezcan excusas para racionalizar su comportamiento. Tener un abogado que les les dirá lo que necesitan escuchar – no lo que quieren escuchar, y quién puede explicarles las graves consecuencias de los cargos criminales que enfrentan, a veces puede ser suficiente para que finalmente y honestamente dirigir su adicción y busquen tratamiento y ayuda.
¿Cuánto costará todo esto?
Ofrecemos una consulta gratuita sobre casos penales y una consulta nominal sobre otros casos. Muchas veces es difícil darle un costo total hasta que somos conscientes de todo lo que está involucrado con su caso. Ofrecemos precios competitivas basadas en nuestros años de experiencia.
¿Tiene un plan de pago?
Sí. Ofrecemos planes de pago en muchas circunstancias para asuntos penales, y en ciertas ocasiones para otros tipos de casos.
Inmigración y Control de Aduanas (ICE) nego mi fianza. ¿PUEDO PEDIRLE AL JUEZ DE INMIGRACIÓN UNA FIANZA?
Sí. Muchos inmigrantes que enfrentan la deportación son elegibles para solicitar una fianza durante su proceso de expulsión. ICE tiene la autoridad para establecer una fianza, pero si se niega a hacerlo, el inmigrante puede pedirle a un juez de inmigración que establezca una fianza.
¿CÓMO DECIDIRÁ EL JUEZ SI ME DAR UNA FIANZA O NO?
Un juez de inmigración analizará tres temas para decidir si establecer una fianza o no. Esos factores son:
(1) ¿Es el extranjero elegible para una fianza?
(2) ¿Es el extranjero un peligro para la comunidad?
(3) ¿Es el extranjero un riesgo de fuga?
Cada uno de estos factores se explora con más detalle AQUI.
¿CUÁNTO SERÁ MI FIANZA DE INMIGRACIÓN?
Si el juez de inmigración establece una fianza, normalmente estará en el rango de $5,000 a $15,000. La fianza mínima que un juez de inmigración puede establecer es de $1500.
¿CÓMO PUEDO PEDIR UNA FIANZA DE UN JUEZ DE INMIGRACIÓN?
Para solicitar una fianza a un juez de inmigración, se debe presentar una solicitud de fianza ante el tribunal.
¿CUÁNTO TIEMPO TOMARÁ PARA OBTENER MI AUDIENCIA DE FIANZAS?
Desde el momento en que se presenta la solicitud de la fianza, generalmente tomará de 1 a 3 semanas para que se establezca la audiencia de fianza. El juez de inmigración decidirá si concederá una fianza en la audiencia de fianza y, si se concede, la cantidad de la fianza.
¿PUEDE EL JUEZ DE INMIGRACIÓN NEGARME A UN FIANZA COMPLETAMENTE?
Sí. Los jueces de inmigración tienen amplia discreción para conceder o denegar fianzas. Incluso si tiene poco o ningún historial criminal, un juez de inmigración puede negarle una fianza si considera que corre un riesgo de fuga. Sin embargo, tiene derecho a apelar la decisión de un juez de inmigración sobre su solicitud de fianza.
¿CÓMO PUEDO PAGAR LA FIANZA DE INMIGRACIÓN?
Se puede pagar una fianza de inmigración en cualquier oficina de ICE ofecina de Operaciones de Extracción y Ejecución (ICE ERO). La persona que va a depositar la fianza debe ser un ciudadano de los Estados Unidos o un residente permanente. Es recomendable que la fianza se pague mediante un giro postal, ya que algunas oficinas de ICE ERO no aceptarán ninguna otra forma de pago.
¿RECIBIRÉ EL DINERO DE LA FIANZA?
Sí, siempre y cuando cumpla con todas las órdenes de las autoridades de inmigración de los Estados Unidos en el futuro. Si gana su caso de inmigración, el dinero de la fianza se devolverá a quien lo haya pagado. Si pierde su caso, debe salir de los Estados Unidos cuando sea necesario para que el dinero de la fianza se devuelva a la persona que lo pagó. En este último caso, es posible que deba ir a la embajada de los Estados Unidos en su país de origen para que selle un formulario que demuestre que ha salido de los Estados Unidos. A continuación, puede enviar ese formulario a ICE ERO, y le devolverán el dinero de la fianza a quien haya pagado eso.
¿Tiene un plan de pago?
Sí. Ofrecemos planes de pago en muchas circunstancias para asuntos penales, y en ciertas ocasiones para otros tipos de casos.
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